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Detalles del Organismo


Información general del organismo

Ministerio de Relaciones Exteriores

MIREX

Presidencia de la República

8099877001

http://www.mirex.gob.do

Otras informaciones

Historia

Atendiendo a la necesidad de la nación, de contar con un organismo que se encargara de auxiliar al Ejecutivo en la coordinación de los principios fundamentales de la política exterior, y en la orientación y vigilancia de las misiones diplomáticas y los servicios consulares, la Constitución Política de la República Dominicana, del 6 de noviembre de 1844, dispuso en su Art. 109, que el Presidente de la República encargará las relaciones exteriores a uno de los cuatro Ministros Secretarios de Estado existentes para esa época (el de la Justicia e Instrucción pública, el de Interior y Policía, el de Hacienda y Comercio, el de la Guerra y Marina).

Un año más tarde, en el 1845, se definen y amplían más claramente las funciones asignadas al Secretario de Estado encargado de las relaciones exteriores, mediante la Ley núm. 38, del 3 de junio de 1845, que determina los negocios que corresponden a cada uno de los Secretarios de Estado, y la responsabilidad electiva.

En el año 1879, mediante el Decreto núm. 1792, del 28 de julio de 1879, que nombra cinco Secretarios para el despacho de los negocios oficiales. Este despacho se distribuye en cinco Secretarías: Interior y Policía, Relaciones Exteriores, Justicia e Instrucción Pública, Hacienda y Comercio, Guerra y Marina.
 

Misión

Impulsar una Política Exterior en beneficio de los intereses del país y sus nacionales, orientada a la defensa y salvaguarda de su soberanía, la identidad nacional, la paz y la seguridad internacionales, así como reforzar los mecanismos de carácter multilateral y bilateral en apoyo a la estrategia nacional de desarrollo y a la solución de los problemas y temas comunes de la comunidad internacional, conforme a los principios políticos, económicos, sociales, éticos y jurídicos establecidos en la Constitución.

Visión

Consolidar el reconocimiento y respeto internacional, a través de un ejercicio diplomático de la democracia, la solidaridad y el dialogo para atender los desafíos del cambiante y competitivo contexto mundial, al interés y bienestar del país y de sus ciudadanos.

Valores

  •  Institucionalidad
  • Lealtad
  • Transparencia
  • Fiabilidad
  • Continuidad
  • Eficiencia
  • Dialogo
  • Democracia
  • Profesionalidad
  • Responsabilidad


 

 

Funciones

a) Auxiliar al Presidente de la República, a través del Secretario de Estado, en la coordinación sistemática de los principios fundamentales de la Política Exterior de la República, en la orientación y supervigilancia de las misiones diplomáticas y de los servicios consulares, así como todo lo relacionado a pasaportes y en la gestión de los demás asuntos inherentes a la Secretaría.
b) Determinar el régimen del Cuerpo Diplomático y Consular Dominicano.
c) Mantener correspondencia con los agentes diplomáticos y consulares acreditados ante el Gobierno Nacional.
d) Promover el comercio entre la República Dominicana y el territorio de su jurisdicción y proteger las personas y los intereses de los dominicanos en su demarcación.
e) Legalizar los documentos que deban ser utilizados en el extranjero.
f) Registrar las cartas de naturalización.
g) Inspeccionar y vigilar la recaudación de los derechos consulares.
h) Negociar las extradiciones.
i) Atender todo lo relativo a los tratados y convenios internacionales.
j) Organizar lo relativo a la etiqueta y ceremonial diplomático.
k) Mantener relaciones de amistad con los Estados y organismos internacionales en que están acreditadas las misiones diplomáticas.
l) Velar por la dignidad y el prestigio de la Nación y defender y hacer reconocer sus derechos e intereses, de acuerdo con los principios políticos, económicos y sociales consagrados por el pueblo dominicano en la Constitución de la República.
m) Estudiar todos los asuntos relacionados con las Naciones Unidas, la Organización de Estados Americanos y las Conferencias Internacionales.
 

Base legal

- Ley de Constitución Política núm. 1274, del 4 de abril de 1874.
- Ley Orgánica de Secretarías de Estado núm. 4378, del 10 de febrero de 1956, Gaceta Oficial núm. 7947.
- La Ley Núm. 630-16, del 28 de julio del 2016, del Ministerio de Relaciones Exteriores y del Servicio Exterior.
- Decreto núm. 1489, del 11 de febrero de 1956, Gaceta Oficial núm. 7947, sobre funciones de las Secretarías de Estado.
- Reglamento Orgánico de la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores, sus dependencias y servicios núm. 4745, del 23 de abril de 1959, Gaceta Oficial núm. 8355.
- Decreto núm. 9109, del 5 de febrero de 1963, Gaceta Oficial núm. 8746 bis, que crea e integra una Comisión de Fronteras permanentemente adscrita a la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores.
- Ley Orgánica de la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores núm. 314, del 6 de julio de 1964, Gaceta Oficial Núm. 8873, y sus modificaciones.
- Ley núm. 549, del 10 de marzo de 1970, Gaceta Oficial núm. 9180, que crea la Dirección General de Pasaportes.
- Ley núm. 208, del 8 de octubre de 1971, Gaceta Oficial núm. 9243, sobre pasaportes.
- Decreto núm. 437, del 5 de noviembre de 1982, Gaceta Oficial núm. 9600, que establece que la Comisión de Comercio Exterior de la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores estará integrada por quince miembros titulares nominados por el Poder Ejecutivo.
- Constitución Política de la República Dominicana, reformada el 14 de agosto de 1994 (título V, sección II), Gaceta Oficial núm. 9890, del 20 de agosto de 1994. 
- Constitución Política de la República Dominicana, proclamada el 26 de enero de 2010 (Título I, Capítulos V y VII), Gaceta Oficial núm. 10561.
- Decreto núm. 56-10, de fecha 6 de febrero de 2010, que cambia la denominación de las Secretarías de Estado por Ministerios, Gaceta Oficial núm. 10580. 

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