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Detalles del Organismo


Información general del organismo

Dirección Ejecutiva del Sistema Nacional de Atención a Emergencias y Seguridad 9-1-1

911

Ministerio de la Presidencia

8096889911

8096889911

https://911.gob.do

Otras informaciones

Historia

Debido a que es responsabilidad del Estado asegurar una mayor eficacia en la preservación de la integridad y seguridad de la persona humana, se hacía necesario crear mecanismos eficaces y eficientes, con capacidad de respuestas a circunstancias de emergencia de las personas físicas o jurídicas y la protección de sus bienes.

Para lograr esto, el Estado Dominicano requería de un marco jurídico adecuado, con el propósito de integrar y regular la gestión estratégica, así como el seguimiento y control de manera unificada de respuestas a incidentes de seguridad y emergencias, a través de un sistema coordinado, apoyado en organismos e instituciones públicas o privadas integradas a una estructura de comunicación y un centro de contacto.

En este sentido, se establece, mediante la Ley Núm. 140-13, del 18 de septiembre de 2013, el Sistema Nacional de Atención a Emergencias y Seguridad 9-1-1, con el fin de crear un medio integrado de comunicación y atención y un centro de contacto, con el 9-1-1 como único número de fácil memorización y reconocimiento de parte de la ciudadanía, para atender las emergencias, tramitación y atención de éstas.

El 25 de Julio del 2017, se promulga la Ley Núm.184-17 que deroga y sustituye la Ley Núm. 140-13, enfocada a mantener, fortalecer y regular el Sistema Nacional de Atención a Emergencias y Seguridad 9-1-1. 

 

Misión

Gestionar de manera efectiva la atención a las situaciones de emergencia y seguridad en el territorio nacional, procurando la salvaguarda de vidas y bienes.

 

 

Visión

Cubrir todo el territorio nacional para la efectiva atención a emergencias y seguridad en beneficio de las personas, manteniéndonos como el servicio público mejor valorado en el país y como un referente nacional y regional.

Valores

  • Integridad
  • Vocación de Servicio
  • Excelencia
  • Trabajo en Equipo
  • Compromiso

 

Funciones

a) Integrar los esfuerzos del sector público para garantizar un manejo oportuno y eficiente de todos los recursos humanos, técnicos, administrativos y económicos que sean indispensables para la atención a emergencias y seguridad. 

b) Coordinar las actividades de respuestas de las entidades públicas en materia de atención a emergencias y seguridad de acuerdo con sus responsabilidades y funciones.

c) Instalar y consolidar las redes, procedimientos y sistemas que permitan la prevención y detección de situaciones que pongan en peligro las personas en lugares públicos.

d) Realizar divulgación e información pública en relación con la atención de emergencias y para la reacción y comportamiento adecuado de la comunidad en caso de que se produzcan situaciones de emergencias y seguridad.

e) Diseñar mecanismos eficientes para la coordinación y orientación de procesos de atención a emergencias y seguridad. 

f) Desarrollar y actualizar planes estratégicos y operativos para la atención de emergencias y seguridad.

 

Base legal

-Ley Núm. 184-17, del 24 de julio de 2017 que sustituye y deroga la Ley Núm. 140-13 y la Ley Núm. 102-13.

-Decreto Núm. 187-14, del 06 de junio del 2014, que dicta el Reglamento de Aplicación a la Ley Núm. 140-13.

 

Servicios a la ciudadanía

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