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Ministerio de Interior y Policía

MIP

Presidencia de la República

8096866251

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Historia

Con la finalidad de que el Gobierno de la naciente República contase con apoyo administrativo, y para definir claramente las funciones de cada sector, mediante la Ley Núm. 38 del 1844, se crea un orden jerárquico ministerial con cuatro sectores:  los de Justicia e Instrucción Pública, Interior y Policía, Hacienda y Comercio y Guerra y Marina; los cuales debian guardar en las ceremonias públicas el orden establecido con anterioridad. Estas disposiciones están dadas por la Ley Núm. 38, del año 1844.

El actual Ministerio de Interior y Policía desde sus inicios, ha tenido diferentes denominaciones de acuerdo a las funciones que se le han asignado. En el 1854 fue denominada, por la Carta Magna, como Secretaría de Estado de Interior, Policía y Agricultura. Para 1927, mediante Ley Núm. 685 se le asigna el título de Secretaría de Estado de Interior y Policía, Guerra y Marina. En el 1938 se suprime la denominación de Guerra y Marina, mediante Ley Núm. 1477. Para el año 1959 fue denominada, mediante Decreto Núm. 5137, como Secretaría de Estado de Interior y Comunicaciones. En ese mismo año cambia su denominación por el de Secretaría de Estado de Interior y Cultos, mediante Decreto Núm. 5406.

En el 1961 se le denomina Secretaría de Estado de Interior y Policía, luego de emitido el Decreto Núm. 7647, ya que mediante el Decreto Núm.7312, la Policía Nacional, pasaba a ser dependencia de la antigua Secretaría de Estado de Interior y Cultos.

La Ley Núm. 575, de 1965, la denomina Secretaría de Estado de Interior ya que mediante Ley Núm. 574 se sujetaba la Policía Nacional al Régimen Orgánico de las Fuerzas Armadas. Ese mismo año, a partir de la vigencia de la Ley Núm. 22, que derogaba a su vez la Ley Núm. 575, se pasa la Policía Nacional bajo la dependencia de la Secretaría de Estado de Interior, y esta vuelve a denominarse Secretaría de Estado de Interior y Policía. También para este año, el Decreto Núm. 1 pone bajo dirección de esta Secretaría a la Dirección General de Migración.

Mediante Ley Núm. 4378, del 10 de febrero de 1956, se describen las funciones que deben ser ejecutadas por la denominada Secretaría de Estado de Interior y Policía. En el 1965 se ponen bajo la dependencia de esta Secretaría la Dirección General de Migración y la Policía Nacional.

Desde el año 1950, mediante la Ley Núm. 2661, las Gobernaciones Provinciales fueron puestas bajo la Dirección de la Secretaría de Estado de Interior y Policía como forma de viabilizar la comunicación entre éstas y el Ejecutivo

 

 

 

Misión

Garantizar la seguridad ciudadana a nivel nacional, a través de una gestión coordinada que impacte de forma efectiva los diferentes niveles del Estado, logrando una mejor y mayor prevención de los elementos negativos de la seguridad ciudadana, en el marco del respeto a los derechos de la población

 

 

Visión

Ser reconocidos como una entidad gubernamental modelo, apoyado en una gestión coordinada, de desarrollo sostenible, mejora continua, eficaz y eficiente de los servicios, y la transparencia institucional, como base de una buena administración de los recursos, en el alcance de la paz, la seguridad ciudadana y la garantía de los derechos de las personas.

 

Valores

  • Compromiso
  • Integridad
  • Equidad
  • Justicia
  • Ética
  • Calidad
  • Transparencia
  • Eficiencia

 

Funciones

a)    Garantizar la seguridad ciudadana en el territorio nacional, en el marco del respeto a los derechos humanos, la paz social, el diálogo y la concertación, la participación ciudadana y la transparencia institucional;

b)    Formar parte del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana;

c)    Implementar la política de seguridad interior del Estado, garantizando su sustentabilidad permanente;

d)    Dirigir, coordinar, apoyar y garantizar el desarrollo y la gestión eficiente de la Policía Nacional y los Cuerpos de los Bomberos;

e)    Garantizar la adecuada articulación entre el gobierno central, las gobernaciones y los gobiernos locales;

f)     Tomar las medidas y proponer las normas que sean necesarias para preservar la paz pública;

g)    Controlar la correcta utilización de las vías públicas;

h)    Garantizar la adopción de medidas necesarias para prevenir la violencia;

i)      Coordinar y monitorear la gestión del Observatorio de Seguridad Ciudadana para el seguimiento de las estadísticas de la delincuencia común y el crimen organizado;

j)      Garantizar y mejorar el ejercicio de los derechos civiles de la población en todas las provincias;

k)    Garantizar la adopción de medidas necesarias para prevenir la violencia;

l)     Promover la cultura de paz, mediante la aplicación de programas involucrando las instituciones del sector público, sector privado, ONGs, organizaciones de la sociedad civil y otro tipo de agrupaciones;

m)  Asegurar la ejecución de planes y programas para fortalecer la seguridad ciudadana en las localidades;

n)    Realización de estudios y diagnósticos de las comunidades, sectores y grupos vulnerables y ejecución de planes y programas sociales para su desarrollo.

o)    Suscribir alianzas y convenios interinstitucionales para el fortalecimiento de la convivencia y la cultura de paz en los sectores intervenidos;

p)    Administrar el sistema nacional de armas de fuego en manos de la población civil;

q)    Supervisar y controlar la gestión de las personas físicas y morales dedicadas a la prestación de servicios de seguridad a empresas y particulares;

r)    Controlar y registrar las ventas, traspasos y operaciones realizadas por las armerías.

s)     Administrar el registro y el depósito de las armas de fuego legales e ilegales incautadas, en proceso de traspaso, pérdidas o robadas;

t)     Procesar y registrar las huellas balísticas de las armas y los datos biométricos de los titulares de las mismas;

u)    Garantizar el cumplimiento de todas normativas sobre importación, fabricación, transportación, comercialización y uso de productos pirotécnicos y materiales explosivos;

v)    Coordinar junto a la Procuraduría General de la República, el sistema de inteligencia criminal;

w)   Cooperar con los organismos internacionales en las acciones para combatir los crímenes, tráfico de armas, droga, terrorismo, cyber crimen, entre otros.

x)    Formar parte de la organización internacional contra crímenes y delitos de alta tecnologías;

y)    Administrar el sistema de alerta temprana para amenazas terroristas;

z)     Garantizar la correcta aplicación del derecho migratorio y la obtención de la ciudadanía en República Dominicana;

aa)   Formular las políticas migratorias;

bb) Asegurar la aplicación correcta de los procesos de naturalización de extranjeros;

cc)  Actualizar las informaciones relacionadas con los registros de las propiedades inmobiliarias adquirida por extranjeros;

dd) Controlar el expendio y consumo de bebidas alcohólicas en la Rep. Dom.;

ee) Controlar el horario de expendio de bebidas alcohólicas;

ff)    Otorgar los permisos y certificaciones necesarias que establezcan las leyes y reglamentos;nal.

 

 

Base legal

      Constitución Política de la República del 1844, reformada el 14 de agosto de 1994, Gaceta Oficial Núm. 9890;

      Ley Núm. 2661, sobre atribuciones y deberes de los Gobernadores Civiles de las Provincias, del 31 de mayo de 1950 Gaceta Oficial Núm. 7237;

      Decreto Núm. 1489, sobre deberes y atribuciones de las Secretarías de Estado, del 11 de febrero de 1956, Gaceta Oficial Núm. 7947;

      Decreto Núm. 1, que pone la Dirección General de Migración bajo la dependencia de la Secretaria de Estado de Interior y Policía, del 4 de septiembre de 1965, Gaceta Oficial Núm. 8945;

      Ley Núm. 4378, Orgánica de Secretarías de Estado, del 10 de febrero de 1956, Gaceta Oficial Núm. 7947;

      Ley Núm. 22, que pasa la Policía Nacional a la dependencia de la Secretaría de Estado de Interior y Policía, del 27 de septiembre de 1965, Gaceta Oficial Núm. 8947;

      Ley Núm. 36, sobre Comercio, Porte y Tenencia de armas, del 18 de octubre de 1965, Gaceta Oficial Núm. 8950.

      Decreto Núm. 56-10, que le cambia la denominación a la Secretaria de Estado a Ministerio, de 6 de febrero del 2010.  

 

      Decreto Núm.52-22, que cambia denominación a la Dirección General de Comunidad Digna por Programa Comunidad Segura y la adscribe al ministerio de Interior y Policía, del 07 de febrero de 2022.

 

Servicios a la ciudadanía

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