Banner

Detalles del Organismo


Información general del organismo

Oficina Nacional de Evaluación Sísmica y Vulnerabilidad de Infraestructura y Edificaciones

ONESVIE

Presidencia de la República

8095676183

8095676183

https://onesvie.gob.do/

Otras informaciones

Historia

Durante el IX Seminario Latinoamericano y el Primer Congreso Dominicano de Ingeniería Sísmica, celebrado en Santo Domingo en el año 1996, se establecieron las bases para la creación de una oficina encargada de evaluar el desempeño sísmico de las edificaciones existentes. Dicha evaluación incluiría las edificaciones construidas antes de la implementación de las normativas sísmicas que regulan el diseño y construcción de estructuras, del año 1979.

En el año 1999, se llevó a cabo la Conferencia PENROUSE auspiciada por el United States Geological Service (USGS) en la Provincia de Puerto Plata., en donde se reunieron los Científicos más destacados del mundo en lo relativo a temas; Sísmicos, Sismo-Tectónica, Geología y afines, quienes visitaron los lugares, pudiendo examinar alguna singularidad geotectónica observando la zona de contacto entre las placas tectónicas de Norteamérica y El Caribe, en trincheras a cielo abierto excavada en el municipio de Ojo de Agua, Salcedo.

Posteriormente, en el mes de julio del año 2001, durante el desarrollo de la Conferencia Internacional para la Reducción del Riego Sísmico en el Caribe, celebrada en la ciudad de Santiago, se recomendaron los lineamientos básicos del sistema de prevención sísmica en la República Dominicana, dando como resultado de la Conferencia, la emisión de un documento alertando al Pueblo y al Gobierno de la República Dominicana sobre los futuros eventos sísmicos que tendrían lugar en nuestro territorio y sugiriendo algunas medidas que debían ser tomadas de inmediato; entre las que se destaca, el examen y refuerzo de las estructuras existentes, especialmente las que albergan mucha gente durante un largo periodo de tiempo, denominadas estructuras primarias tales como; Hospitales, Escuelas, Cuarteles, Estaciones de Combustibles, Estaciones de Bomberos, Oficinas Públicas en general, entre otras.

Tomando esto en consideración, el Poder Ejecutivo emitió el Decreto Núm. 715-01, el 5 de julio del año 2001, creando la Oficina Nacional de Evaluación Sísmica y Vulnerabilidad de Infraestructura y Edificaciones (ONESVIE), con el objetivo de diagnosticar y evaluar la capacidad de resistencia sísmica de las edificaciones del país, y establecer las correcciones en los casos que lo ameriten.

La Oficina Nacional de Evaluación Sísmica y Vulnerabilidad de Infraestructura y Edificaciones dependerá directamente de la Presidencia de la República. Se relacionará con Secretarias de Estado, Direcciones Generales, Defensa Civil, Cruz Rojas, Universidades, CODIA, Fuerzas armadas, Policía Nacional, entre otras, por canales directos propios, y con organismos internacionales a través de las vías tradicionales.  

Misión

Brindar el mejor servicio profesional en el campo de la seguridad estructural de las Infraestructura, Edificaciones y Líneas Vitales, orientadas a soluciones viables, eficientes y económicas, que garanticen la reducción del riesgo provocados por fenómenos naturales en todo el territorio nacional.

 

Visión

Posicionarnos a nivel nacional e internacional como un Centro de Referencia en materia de la mitigación de riesgo a partir de la reducción de la vulnerabilidad de las Infraestructura, las Edificaciones y las Líneas Vitales.

Valores

  •  Ética
  • Respeto
  • Eficiencia
  • Honestidad
  • Innovación
  •  Responsabilidad
  • Compromiso institucional.

Funciones

a)     Examinar las estructuras e instalaciones existentes y producir un diagnóstico sobre su capacidad para resistir con éxito las fuerzas generadas por un terremoto esperado, y mantenerse funcionando inmediatamente después.

b)     Inspeccionar las partes no estructurales y las instalaciones mecánicas, eléctricas y de otra índole y establecer recomendaciones que garanticen su operacionalidad post- evento.

c)     Elaborar proyecto de refuerzos para aquellas estructuras que resulten incapaces de comportarse satisfactoriamente con sus características actuales, utilizando técnicos del sector oficial o firmas de Consultorías cuando fuere necesario.

d)     Canalizar    hacia    empresas    consultoras    o    hacia    empresas constructoras, la ejecución de los proyectos de refuerzos y/o adecuación aprobados por el Poder Ejecutivo.

e)     Localizar, organizar   y/o   crear   los   planos   arquitectónicos, estructurales y de instalaciones de cada estructura intervenida, de modo que estén disponibles tanto para la ejecución de   los esfuerzos, como para que reposen en archivos seguros, de modo que en el período que sigue a un evento destructor puedan utilizarse como referencias capaces de generar una explicación de lo sucedido y facilitar su reparación ó demolición.

f)      Asesorar a los organismos tradicionales del Estado, responsables del diseño y manejo de obras, tanto de Infraestructura como de Edificaciones en los aspectos sísmicos de cada fase, así como aportar sus conocimientos especializados para capacitar a los que así lo requieran.

g)     Especialmente coadyuvar en la revisión del actual Código de Diseño Sísmico (RPAS), para llevarlo al nivel actual de conocimientos disponibles.

h)     Apoyar a la Defensa Civil y la Cruz Roja Dominicana en la determinación de las decisiones post-eventos, en cuanto a autorizaciones de uso de estructuras afectadas y a las condiciones que envuelvan demoliciones inminentes.

i)      Coordinar entre todas las dependencias del Estado canalizando y optimizando los recursos necesarios tanto económicos como humanos provenientes de sus propios presupuestos o de fuentes de financiamientos externas a la dependencia o del país, para mitigar los daños de origen sísmico en estructuras indispensables.

Base legal

-       La Constitución de la República Dominicana, del 13 de junio del año 2015;

-       Ley núm.147-02 sobre Gestión de Riesgo de Desastres, del 22 septiembre 2002;

-       Decreto Núm. 715-01, crea la Oficina Nacional de Evaluación Sísmica y Vulnerabilidad de Infraestructura y Edificaciones (ONESVIE), del 5 de Julio del 2001

-       Decreto núm. 932-03, sobre Reglamentos de Aplicación de la Ley núm. 147-02, sobre Gestión de Riesgos, del 13 de septiembre del 2003

-       Resolución núm. 04-2020, que aprueba el Manual de Organización y Funciones de la Oficina Nacional de Evaluación Sísmica y Vulnerabilidad de Infraestructura, del 17 de julio de2020.

Servicios a la ciudadanía

No existen datos para mostrar.

Funcionarios