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Detalles del Organismo


Información general del organismo

Instituto Nacional de Coordinación de Trasplante

INCORT

Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social

8095320066

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https://incortrd.com/

Otras informaciones

Historia

El Gobierno Dominicano, promulgó el 11 de agosto de 1998, la Ley núm. 329-98, referente a la Donación y Legado de Órganos y Tejidos para Trasplantes. Esta Ley crea dos estructuras u organismos, que son: el Consejo Nacional de Trasplantes (CNT) y el Instituto Nacional de Coordinación de Trasplantes (INCORT).

El Consejo Nacional de Trasplantes (CNT), para que se encargue de diseñar las políticas generales relacionadas con la donación y el trasplante de órganos, tejidos y células a nivel nacional.El Consejo Nacional de Trasplantes, reglamentará la práctica de donación y legado, extracción, conservación e intercambio de partes, órganos y tejidos para trasplante, investigación y educación, incluidos los principios fundamentales de ética.

El Instituto Nacional de Coordinación de Trasplantes (INCORT), con personalidad jurídica, que funcionará como una estructura técnico-administrativa, con fondos debidamente consignados en la Ley de Gastos Públicos, recibidos a través de la Secretaría de Estado de Salud Pública, hoy Ministerio y otros fondos.  El INCORT es responsable de ejecutar las políticas diseñadas por el Consejo Nacional de Trasplante y estará dirigido por un Coordinador Nacional, nombrado por el Consejo Nacional de Trasplante.

La historia de la donación de órganos y tejidos para trasplante, como la de la medicina, es la lucha constante por salvar la vida del enfermo o lograr prolongársela en condiciones muy parecidas a las normales. Su práctica se inicia con leyendas mitológicas que proyectaban la preocupación de las sociedades antiguas por sustituir porciones enfermas del cuerpo por sanas con el fin de salvar o prolongar la vida. Las disposiciones sobre tejidos, órganos y cadáveres humanos, esta contenida en el Libro V de la Ley General de Salud núm.42-01, del 8 de marzo de 2001.

A finales de la década de los ochenta e inicios de los noventa, América Latina se concentraba en su intento por procurar mejores condiciones de vida para sus nacionales. Los profesionales que han respondido al llamado de tratar de ofrecer soluciones terapéuticas a los necesitados de trasplantes de órganos, han tenido que luchar sostenidamente con presupuestos exiguos e intentar convencer a sus Gobiernos de la necesidad de satisfacer la gran demanda de trasplante como un procedimiento terapéutico necesario para sus conciudadanos.

Varios países realizaron importantes esfuerzos en los programas de donación y trasplante, como Argentina, Cuba, Brasil, Uruguay y Costa Rica. En la mayoría de nuestros países, el desarrollo inicial se caracterizó por la creación de grupos independientes compitiendo por un mismo escenario, tratando cada uno de ser beneficiario de los escasos recursos que se lograban.

Esta lucha generó tendencias negativas, relaciones personales y profesionales muy distantes e incompatibles para el trabajo en equipo, y una práctica marcada por el individualismo y la inequidad, ya que la escasez de recursos y la falta de apoyo institucional excluía, la mayoría de las veces, a los que no disponían de recursos mínimos para ser considerados para el trasplante.

República Dominicana es un país donde diversos sistemas de salud compiten en un mismo escenario. Sufrimos una importante desigualdad socioeconómica. Según OXFAN, ocupamos el número 96 de 187 países estudiados. En 2016 el 1 % de la población mundial tuvo más del 50 % de la riqueza mundial, y en 2019 tendrá más de 54 %. Se ha generado “una desigualdad fuera de control que ha creado un mundo en el que tan solo 62 personas poseen tanta riqueza como la mitad más pobre de la población mundial”. 

En estos momentos en República Dominicana, con una población de casi 11 millones de habitantes, están afiliados al régimen contributivo del Servicio Nacional de la Seguridad Social (SDSS) 4,001,699 ciudadanos y 5,307,676 al régimen subsidiado, lo que hace un total de 9,407,375. Todavía están pendientes de afiliación unos 1,092,625 habitantes. El gasto de bolsillo de los dominicanos para lograr servicios de salud es del 42.5% y la inversión pública en salud es de apenas 1.9% del PBI. Escenario que dificulta el desarrollo sostenido y altamente eficiente de un Plan Nacional de Salud y de Donación y Trasplante.

 

El primer trasplante renal realizado en el país fue en 1972 con donante cadavérico de igual grupo sanguíneo, pero sin determinaciones de HLA y Cross-Match, y con las limitaciones de inmunosupresión de la época.

El injerto se perdió a los pocos días. En 1986, en el Hospital Cabral y Báez de la ciudad de Santiago de los Caballeros, se realizó un trasplante exitoso de donante vivo relacionado, el cual vivió más de 15 años. En 1987 se inició el primer programa de trasplante renal en el Hospital Salvador B. Gautier (HSBG).

En 1989, en ese mismo hospital, se instaló el primer laboratorio de tipaje para la realización de HLA y Cross-Match. En 1992, en Santiago de los Caballeros, comenzó un programa de trasplante renal, que luego se trasladó al Hospital Dr. Luis E. Aybar de la ciudad de Santo Domingo.

En 1993 ese mismo grupo, junto a cirujanos y nefrólogos del Hospital Infantil Dr. Robert Reid Cabral, realizaron el primer trasplante infantil, iniciando un programa de asistencia para pacientes pediátricos en este centro asistencial.

En 1994 inició su programa de trasplantes renales el Hospital Padre Billini. Ese mismo año se iniciaron las discusiones entre los diferentes grupos de trasplantes con el objetivo de unificar un anteproyecto de ley que fue depositado en las cámaras legislativas en 1995.

Todos, con gran entusiasmo, participaron activa y conjuntamente con las comisiones de salud de ambas cámaras legislativas para la elaboración final de la ley, que fue promulgada en agosto de 1998. Esta dinámica de lucha por lograr una legislación moderna permitió a los grupos de trasplantes del país interactuar positivamente, valorar la importancia del trabajo en equipo y lograr un acercamiento que ayudó a diluir diferencias y rivalidades que estancaban el desarrollo de esta modalidad terapéutica.

La Ley 329-98 que regula la donación y legado, extracción, conservación e intercambio para trasplante de órganos y tejidos humanos en República Dominicana se realizó fundamentalmente tomando como base la legislación española, la Ley 30-1979 y sus diferentes ordenanzas reales, y la consulta de otras leyes como las de Argentina, Colombia y Francia, con grandes similitudes entre ellas. La Ley consta de VII capítulos con sus respectivos artículos y párrafos, y crea dos importantes estructuras, una normativa y de rectoría, el Consejo Nacional de Trasplante (CNT), y, otra ejecutiva, el Instituto Nacional de Coordinación de Trasplantes (INCORT).

En el año 2008 se logró obtener presupuesto para poner en funcionamiento el Instituto Nacional de Coordinación de Trasplantes (INCORT), órgano ejecutor de las políticas diseñadas por el Consejo Nacional de Trasplantes (CNT).

El INCORT tiene como función proponer a las autoridades de salud las normas que regulan la donación y el trasplante de órganos y tejidos de donante vivo y de cadáver.   De igual forma, propone las normas de habilitación y acreditación de los establecimientos donde se realicen actividades de extracción de órganos e implante de estos. Realiza actividades de capacitación, promoción y difusión, así como investigación y publicaciones con información actualizada sobre el tema. En el mismo año de la puesta en marcha de INCORT, se inició el programa de donante cadavérico en nuestro país, el cual ha ido desarrollándose de forma sostenida. El INCORT ha logrado que nuestro país sea la sede de reuniones de la RCIDT, cursos y talleres internacionales, y ha enviado a sus profesionales certificados a realizar cursos de comunicación en situaciones críticas en Perú, Venezuela y Panamá, así como la participación en la realización de cursos de coordinación de trasplantes en El Salvador, Ecuador, Uruguay y Chile.  

Los planes de capacitación internacional han hecho posible que más de 100 profesionales de la salud dominicanos hayan recibido entrenamiento en esta modalidad terapéutica: 45 han realizado el Máster Alianza en España y más de 50 diferentes entrenamientos en las especialidades de nefrología, cirugía, cirugía cardiovascular, anatomía patológica, cuidados intensivos, cardiología y hepatología, entre otras. El INCORT se preocupa por crear un ambiente favorable para la donación, ayudando a generar una actitud social solidaria y positiva en beneficio de aquellos que necesitan un órgano para seguir viviendo, y por alcanzar una cultura social a favor de la donación en el país.

 

En 19 años, de 1986 a 2007, se realizaron 492 trasplantes renales, todos del tipo de vivo relacionado. Desde 2008 hasta 2018 se hicieron 610, para un total de 1102, de los cuales el 36 % fue de donación cadavérica. Se realizaron 43 trasplantes de hígado, 3 de corazón, 31 de médula ósea y 1 de páncreas. De 1986 a 2007 la actividad trasplantadora estuvo dada por la realización del trasplante renal de donante vivo relacionado y de tejidos. En el caso de este último, el trasplante de córneas, que desde la década de los 70 se realiza en el país. Estas modalidades terapéuticas se realizaron en la ciudad de Santo Domingo y Santiago de los Caballeros por tres grupos dedicados al trasplante renal, y dos en Santo Domingo encargados del trasplante de córneas.

 

 

 

 

Misión

 

Coordinar y facilitar todas las actividades relacionadas con la donación y el trasplante de órganos, tejidos y células, generando una cultura de donación en República Dominicana, acorde con las normas establecidas.

 

 

Visión

Ser la institución nacional, de carácter oficial que facilite y garantice a todos los pacientes la disponibilidad de órganos, tejidos y células para las diferentes modalidades de trasplantes con equidad y calidad.

Valores

  • Equidad
  • Transparencia
  • Solidaridad
  • Eficiencia
  • Confidencialidad
  • Compromiso

Funciones

a.   Estudiar y proponer a las autoridades sanitarias, normas que regularan la ablación e

implantación de órganos y tejidos provenientes de cadáveres humanos y seres humanos, así como todo método de tratamiento, selección de pacientes que requieran trasplante de órganos y de las técnicas aplicables a los mismos.

 

b.   Aplicará por decisión del Consejo Nacional de Trasplante, las normas para la acreditación de establecimientos en lo que se practique la extracción o ablación y el implante de órganos y tejidos.

 

c.   Recomendará al Consejo Nacional de Trasplante la suspensión de una acreditación, cuando se verifique el incumplimiento de las condiciones de garantías de seguridad, eficacia y calidad en el funcionamiento u otras irregularidades que determine la reglamentación.

 

d.   Realizará, conjuntamente con organismos oficiales o privados, actividades de docencia, capacitación y perfeccionamiento de los profesionales, vinculados con donación y trasplante, persiguiendo excelencia profesional en el personal que se dedicará al ejercicio de esta disciplina.

 

e.   Promoverá investigaciones dirigidas a mejorar la calidad y el desarrollo de nuevas técnicas quirúrgicas para la extracción y trasplante, así como para el desarrollo de las técnicas de conservación de órganos y obtención de drogas inmunosupresoras y otros aspectos, particularmente en el área de la genética y xenotrasplante.

 

f.    Promoverá la publicación y difusión de información actualizada, a la Secretaría de Estado de Salud Pública y Asistencia Social y a los profesionales en todas las áreas para su actualización sobre la temática.

 

g.   Coordinará la distribución de órganos a nivel nacional, así como el intercambio con instituciones internacionales.

 

h.   Elaborará y mantendrá un registro actualizado de la donación y el trasplante de órganos y tejidos, así como de la lista de espera de receptores potenciales, en el orden nacional y a nivel regional.

 

i.    Asesorará al Consejo Nacional de Trasplante en todo lo concerniente a campañas de difusión masiva y concientización de la población respecto de la problemática de los trasplantes.

 

j.    Las demás que le otorgue la Ley 329-98 y otras disposiciones legales y normas complementarias.

 

Base legal

  • Ley núm. 329-98, que regula la donación, el legado, extración, conservacion e intercambio para trasplante de organos y tejidos humanos, y su reglamento de aplicacion núm. 436-14.
  • Ley núm. 123-15, que crea el Servicio Nacional de Salud.
  • Ley núm. 42-01, General de Salud y sus reglamentos de aplicacion.
  • Ley núm. 87-01, que crea el Sistema Nacional de la Seguridad Social.

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