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Detalles del Organismo


Información general del organismo

Comisión Nacional de Espectáculos Públicos y Radiofonía

CNEPR

Ministerio de Cultura

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Otras informaciones

Historia

Los esfuerzos por tener en nuestro país una política cultural de estado, acorde con los nuevos tiempos, se remontan al año 1979, cuando una misión de la UNESCO, teniendo como contraparte a destacados intelectuales dominicanos, emprendió el primer diagnóstico sobre las instituciones culturales estatales. Este informe mostró que dichas instituciones se caracterizaban por la dispersión y duplicidad, por lo que recomendó la creación de una instancia reguladora de todas las instituciones culturales que operaban en diferentes secretarías (hoy ministerios) y otros organismos del Estado dominicano.

En el año 1997, mediante el Decreto del Poder Ejecutivo No 82-97, se creó el Consejo Presidencial de Cultura, organismo que realizó un notable esfuerzo en favor de la sistematización y consolidación de la acción cultural desarrollada por los sectores público y privado.

El Diálogo Nacional, iniciado en 1997 y concluido el 8 de marzo de 1998, fue escenario para que artistas e intelectuales presentaran nuevamente la demanda de la creación de una Secretaría de Estado de Cultura.

Mediante la Ley 41-00, de fecha 28 de junio del año 2000, fue creada la Secretaría de Estado de Cultura como instancia de nivel superior, encargada de coordinar el Sistema Nacional de Cultura. A partir de la promulgación de dicha Ley quedaron transferidas todas las instituciones culturales estatales para que dependieran directamente de la Secretaría de Estado de Cultura, hoy Ministerio.

Misión

Formular, aplicar y regir las políticas públicas en materia cultural, de forma participativa, inclusiva y diversa, salvaguardando el patrimonio cultural y las manifestaciones creativas, a fin de preservar la identidad nacional, garantizando los derechos culturales del pueblo dominicano para contribuir al desarrollo sostenible de la nación.

Visión

 

Ser una institución con excelencia en materia de políticas públicas culturales, que promueva una ciudadanía cultural, auspiciando la conservación y difusión de los bienes y manifestaciones culturales de la nación.

Valores

 

  •          Honestidad
  •           Excelencia
  •           Lealtad
  •           Ética
  •           Patriotismo
  •           Cooperación
  •           Respeto a la identidad nacional
  •           Equidad

Funciones

 a)     Garantizar el cumplimiento y aplicación del Reglamento para el funcionamiento de la Comisión Nacional de Espectáculos Públicos y Radiofonía, mediante el Decreto No. 301-05

b)    Regular, valorar y supervisar el contenido de la programación de los sistemas de radiodifusión sonora y televisión de acuerdo a ley telecomunicaciones, convenios internacionales y cualquier otra disposición legal.

c)    Evitar que los medios de difusión audiovisuales difundan mensajes que ofendan la moral, las buenas costumbres, y los principios sociales de la Nación Dominicana.

d)    Proteger a los niños y niñas y adolescentes de las influencias que puedan recibir a través de los medios audiovisuales, que perjudiquen su desarrollo social e individual.

e)    Evitar que la publicidad por medios audiovisuales, pueda ser ofensiva a la moral y las buenas costumbres, desleal, irresponsable, no verídica, engañosa y en consecuencia, que pueda perjudicar a los consumidores.

f)     Clasificar, monitorear y supervisar el contenido de los video-clips, temas musicales, comerciales, telenovelas, radionovelas, documentales, series y películas, otorgándoles la clasificación correspondiente, o suspendiéndolos, si fuere de lugar.

g)     Contribuir a que los medios de transmisión audiovisuales promuevan la educación y la conciencia cívica y ciudadana, los valores y principios democráticos, el respeto a las leyes y a las instituciones.

h)    Disponer todo lo relativo a la aplicación de la Ley Núm. 136-03, en materia de comunicación social, ya sea radial, televisiva o por cualquier otro medio electrónico.

i)      Someter a la acción de la justicia y demandar ante los tribunales de la República, a las personas físicas o morales que infrinjan el presente Reglamento o cualquiera de las resoluciones tomadas por la CNERPR.

j)      Organizar y mantener el Registro Nacional de la CNEPR y otorgar los permisos correspondientes a los locutores, artistas, cantantes y bailarines, a los fines de que estos puedan laborar adecuadamente y no se vean desplazados por la mano de obra extranjera.

k)    Otorgar los permisos correspondientes para la transmisión y el rodaje de películas, telenovelas, series, miniseries y demás emisiones audiovisuales.

l)      Elaborar el presupuesto anual y el informe de actividades y presentarlo al Poder Ejecutivo, vía el Ministerio de Cultura.

m)  Definir cuando no lo haya hecho el presente Reglamento, los términos referentes a espectáculos públicos, radio y televisión. 

Base legal

Ley núm. 41-00 de fecha 28 de junio de 2000, que crea la Secretaría de Estado de Cultura, hoy Ministerio.

Ley núm. 65-00 de fecha 21 de agosto de 2000, sobre el Derecho de Autor.

Decreto núm. 301-05 sobre el Reglamento para el Funcionamiento y Organización de la Comisión Nacional de Espectaculos Públicos y Radiofonía.

Servicios a la ciudadanía

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