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Detalles del Organismo


Información general del organismo

Administradora de Riesgos de Salud de las Fuerzas Armadas

ARSFFAA

Ministerio de Defensa

8095493322

http://arsffaa.mil.do/

Otras informaciones

Historia

 

            La Administradora de Riesgos de Salud de las Fuerzas Armadas (ARS-FFAA), se constituye en el marco de la Ley Núm. 87-01 que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), y mediante Resolución Núm. 021-2005 de fecha 4 de noviembre de 2005, emitida por la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL), logra su habilitación como una entidad autónoma, sin fines de lucro y de autogestión, apta para ofrecer y administrar los servicios de salud de su población afiliada en el nuevo esquema de Sistema Familiar de Salud.
 
            El Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS), órgano superior y rector del Sistema Dominicano de Seguridad Social, dispuso para septiembre del año 2007 el inicio del Régimen Contributivo del Sistema Familiar de Salud, fecha en que la ARS-FFAA inicia sus operaciones en beneficio de los militares y sus familiares.

 

Misión

Garantizar los servicios de salud de nuestros afiliados y sus familiares, brindando los beneficios del Plan Básico de Salud (PBS) con servicios de calidad, oportunos y satisfactorios, a través de una amplia Red de Prestadoras de Servicios de Salud de las Fuerzas Armadas y del sector privado, apoyados en sistemas de administración modernos y en un personal comprometido, competente y con alto sentido de responsabilidad

Visión

Ser la ARS líder del sector, manteniendo la tradición de las Fuerzas Armadas fortalecida por la implementación de estrategias administrativas y programada para el mejoramiento continuo que generan crecimiento y sostenibilidad al aplicar criterios de eficiencia, equidad y calidez en los servicios que se ofrecen.

 

Valores

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Funciones

 

a)    Garantizar a los afiliados y beneficiarios un plan básico con servicios de salud de alta calidad, oportuna y satisfactoria.
b)    Administrar los riesgos de salud con eficiencia, equidad y efectividad.
c)    Disponer de una red nacional de prestadores de servicios de salud con criterios de descentralización, pero con identidad    de objetivos y metas.
d)    Coordinar la red de Proveedores de Salud para maximizar su capacidad resolutiva.
e)    Contratar y pagar a los prestadores de servicios de salud en la forma y condiciones prescritas por la Ley de creación del Sistema Dominicano de Seguridad Social para las Administradoras de Riesgos de Salud.
f)    Rendir informe periódico al Consejo Nacional de Seguridad Social y a la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales, sobre la Administración de los recursos para garantizar su uso eficiente   y transparente.
g)    Administrar los planes complementarios de salud con calidad, eficiencia y oportunidad de los servicios.
h)    Cursar ante la Aseguradora de Riesgos Laborales (ARL)  las reclamaciones de las Prestadoras de Gestionar Servicios de Salud (PSS), por las atenciones y servicios prestados en los casos de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales de los afiliados.
i)     Racionalizar el costo de los servicios logrando niveles adecuados de productividad y eficiencia.

Base legal

 

            -     Ley Núm. 87-01, del 9 de mayo del 2001, que crea el Sistema de Seguridad Social.
            -     Resolución Núm. 021-2005, de fecha 4 de septiembre del 2005, de habilitación de la                    “ARS-FF.AA.”

Servicios a la ciudadanía

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