Historia
La Administradora de Riesgos de Salud de las Fuerzas Armadas (ARS-FFAA), se constituye en el marco de la Ley Núm. 87-01 que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), y mediante Resolución Núm. 021-2005 de fecha 4 de noviembre de 2005, emitida por la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL), logra su habilitación como una entidad autónoma, sin fines de lucro y de autogestión, apta para ofrecer y administrar los servicios de salud de su población afiliada en el nuevo esquema de Sistema Familiar de Salud.
El Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS), órgano superior y rector del Sistema Dominicano de Seguridad Social, dispuso para septiembre del año 2007 el inicio del Régimen Contributivo del Sistema Familiar de Salud, fecha en que la ARS-FFAA inicia sus operaciones en beneficio de los militares y sus familiares.
Misión
Garantizar los servicios de salud de nuestros afiliados y sus familiares, brindando los beneficios del Plan Básico de Salud (PBS) con servicios de calidad, oportunos y satisfactorios, a través de una amplia Red de Prestadoras de Servicios de Salud de las Fuerzas Armadas y del sector privado, apoyados en sistemas de administración modernos y en un personal comprometido, competente y con alto sentido de responsabilidad
Visión
Ser la ARS líder del sector, manteniendo la tradición de las Fuerzas Armadas fortalecida por la implementación de estrategias administrativas y programada para el mejoramiento continuo que generan crecimiento y sostenibilidad al aplicar criterios de eficiencia, equidad y calidez en los servicios que se ofrecen.
Valores
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Funciones
a) Garantizar a los afiliados y beneficiarios un plan básico con servicios de salud de alta calidad, oportuna y satisfactoria.
b) Administrar los riesgos de salud con eficiencia, equidad y efectividad.
c) Disponer de una red nacional de prestadores de servicios de salud con criterios de descentralización, pero con identidad de objetivos y metas.
d) Coordinar la red de Proveedores de Salud para maximizar su capacidad resolutiva.
e) Contratar y pagar a los prestadores de servicios de salud en la forma y condiciones prescritas por la Ley de creación del Sistema Dominicano de Seguridad Social para las Administradoras de Riesgos de Salud.
f) Rendir informe periódico al Consejo Nacional de Seguridad Social y a la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales, sobre la Administración de los recursos para garantizar su uso eficiente y transparente.
g) Administrar los planes complementarios de salud con calidad, eficiencia y oportunidad de los servicios.
h) Cursar ante la Aseguradora de Riesgos Laborales (ARL) las reclamaciones de las Prestadoras de Gestionar Servicios de Salud (PSS), por las atenciones y servicios prestados en los casos de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales de los afiliados.
i) Racionalizar el costo de los servicios logrando niveles adecuados de productividad y eficiencia.
Base legal
- Ley Núm. 87-01, del 9 de mayo del 2001, que crea el Sistema de Seguridad Social.
- Resolución Núm. 021-2005, de fecha 4 de septiembre del 2005, de habilitación de la “ARS-FF.AA.”
Servicios a la ciudadanía
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Funcionarios