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Detalles del Organismo


Información general del organismo

Laboratorio Nacional de Salud Pública Dr. Defilló

Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social

8296812479

8094127525

http://www.laboratoriodrdefillo.gob.do/

Otras informaciones

Historia

El Laboratorio Nacional de Salud Pública “Dr. Defilló (LNSPDD) es un establecimiento público de orden nacional, de carácter científico y tecnológico, con autonomía administrativa, adscrito a la Secretaria de Estado de Salud Pública y Asistencia Social (SESPAS) y perteneciente al Sistema Nacional de Salud.
 
Con la Ley 4096, del 12 de abril de 1955, se fusiona el Laboratorio Nacional y el Laboratorio de Salud Pública, bajo la denominación de Laboratorio Nacional de Salud Pública Dr. Defilló, en honor al fundador del primer laboratorio nacional, el Doctor Fernando A. Defilló.
 
Es una Institución creada por el Estado Dominicano para responder a la necesidad de la sociedad de tener control y vigilancia sobre los productos y servicios que ayudan a mejorar y mantener las condiciones de salud en la Republica Dominicana. Entre éstos se encuentran: los alimentos y medicamentos comercializados en todo el territorio nacional, así como el área de investigación, servicios y apoyo a los procesos de vigilancia epidemiológica del país.

Misión

Favorecer la calidad de la salud del pueblo dominicano, mediante la realización de investigaciones analíticas de alimentos, medicamentos y fluidos biológicos que sirvan de apoyo a los procesos epidemiológicos y programas de los registros y controles del país.

Visión

No existen datos para mostrar.

Valores

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Funciones

a) Cumplir con el plan de trabajo de la Subsecretaria de Garantía de la Calidad.
 
b) Hacer controles de calidad de reactivos y equipos de laboratorio, y estandarizar métodos y procedimientos analíticos a través de las Normas ISO 15189 e ISO 17025.
 
c) Recomendar las pautas de trabajo relacionadas con la utilización de los diferentes tipos de pruebas que puedan disponerse en los laboratorios de salud del Estado.
 
d) Proveer las pruebas de laboratorio consideradas necesarias y que no se realizan en los laboratorios de los niveles inferiores de la Red Nacional de Laboratorios de Salud.
 
e) Proveer asesoría técnica a la Red Nacional de los Laboratorios Clínicos y a la Red Nacional de Vigilancia Sanitaria.
 
f) Proveer servicios de toxicología a la Dirección Nacional de Patología Forense, Dirección General de Salud Ambiental y Dirección General de Epidemiología.
 
g) Apoyar la política nacional de regulación y control de calidad de alimentos, medicamentos, cosméticos, productos de aseo y productos de limpieza, a través de la Dirección General de Nutrición y Alimentación, Dirección General de Drogas y Farmacia, Dirección General de Salud Ambiental, Comisión de Normas Alimentarias (CODEX Alimentarios), Secretaria de Estado de Industria y Comercio, la Organización Panamericana de la Salud (OPS), el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), y la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO).
 
h) Respaldar a los hospitales del Estado en los servicios de citología y patología quirúrgica y trabajar con los programas de control de la población y prevención del cáncer.
 
i) Ayudar en logística y asesoría a las dos Direcciones Nacionales de la SESPAS que manejan laboratorios en la Subsecretaria de Atención Especializada: Laboratorios Clínicos y Bancos de Sangre.
 
j) Dar apoyo analítico a los programas externos y a las instituciones oficiales vinculadas con el control de calidad de los alimentos, medicamentos, productos de belleza y productos de aseo y el control de brotes y epidemias.
 
k) Analizar muestras de empleados manipuladores de alimentos de empresas privadas y públicas, a través de la SESPAS.
 
l) Actuar como laboratorio de referencia y asesoría en el desarrollo de manuales de procedimientos.
 
m) Apoyar a los programas de internado de las universidades, cediendo plazas de práctica rotatoria a los estudiantes de término en las carreras de farmacia y bioanálisis.
 
n) Definir competencias y habilidades necesarias para la formación de recursos humanos de laboratorios de salud pública.
 
o) Validar la calidad de los equipos y reactivos analíticos de venta en el mercado.
 
p) Proporcionar las informaciones que solicite el Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica (SINAVEN).
 
q) Analizar materias sospechosas de naturaleza terrorista, en coordinación con la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI), la Policía Nacional y la Secretaria de Estado de las Fuerzas Armadas.
 
r) Dar apoyo técnico y logístico a los hospitales y subcentros de la SESPAS en caos de desastres, guerras y averías de equipos.
 

Base legal

-Ley 4096, del 12 de abril de 1955, que fusiona el Laboratorio Nacional y el Laboratorio de Salud Pública con el nombre de Laboratorio Nacional de Salud Pública Dr. Defilló.
 
-Reglamento Orgánico de la SESPAS 1312, del 25 de noviembre de 1955, Gaceta Oficial Núm. 7919.
 
-Ley Orgánica de Secretarias de Estado Núm. 4378, del 10 de febrero de 1956, Gaceta Oficial Núm. 7947.
 
-Ley General de Salud 42-01.
 
-Ley 87-01, del Sistema Dominicano de Seguridad Social.
 

Servicios a la ciudadanía

1- Control de calidad de los medicamentos.
2- Control de calidad de los alimentos.
3- Determinaciones para el soporte de la vigilancia microbiológica.
4- Servicios clínicos de laboratorio.
5- Investigación y enseñanza.
6- Referencia.
 
 

Funcionarios