La actividad turística se inicia formalmente en nuestro país en el año 1931, cuando se promulga la Ley Núm. 103, sobre Automóviles para Turistas; sin embargo, es con la promulgación de la Ley Núm. 4378, del 30 de noviembre de 1934, sobre Secretarías de Estado, que se implementa un sistema de dirección y organización de las actividades turísticas. La dirección y organización fue asignada a la Secretaría de Estado de Comunicaciones y Obras Públicas. Luego estas atribuciones de dirección y organización del turismo fueron traspasadas a la Secretaría de Estado de Comercio, Industria y Trabajo, mediante la Ley Núm. 1281, de 1937.
En el año 1946 se promulga la Ley Núm. 1224, mediante la cual se autoriza la venta de tarjetas de turismo como una forma de promover el turismo en el país. Mediante la Ley Núm. 1819, de 1948, se colocó la Dirección General de Turismo bajo la dependencia de la Secretaría de Estado de Economía Nacional.
En el mes de febrero del año 1956, mediante el Decreto Núm. 1489, sobre las funciones a cargo de las Secretarías de Estado, las funciones relativas al Turismo pasan a la Secretaría de Estado de Interior. Posteriormente, en el mismo año, dichas funciones fueron transferidas a la Secretaría de Estado de Industria y Comercio, mediante el Decreto Núm. 2306. En el año 1958, mediante el Decreto Núm. 3740, se crea la Comisión Nacional de Turismo adscrita a la Secretaría de Estado de Industria y Comercio. Con la Ley Núm. 6004, de 1962, y el Decreto Núm. 8446 del mismo año, la Dirección General de Turismo pasó a depender de la Corporación de Fomento Industrial de la República Dominicana, y también pasan a dicha Corporación los ingresos derivados de la Ley Núm. 1224, de 1946.
En el 1963, con el Decreto Núm. 41, la Dirección General de Turismo vuelve a pertenecer a la Secretaría de Estado de Industria y Comercio, con lo que se manifiesta un nuevo esfuerzo por realizar un ordenamiento jurídico-administrativo adecuado para regular y desarrollar la Industria del Turismo del país. Con la Ley Núm. 28, del mismo año, la Dirección General de Turismo adquiere personería jurídica.
Durante el Gobierno del Triunvirato se promulgó en 1964 la Ley Núm. 313, con la cual se creó la Corporación Hotelera de la República Dominicana, con la finalidad de coordinar la actividad nacional para el desarrollo de la Empresa Hotelera en el país.
En este mismo año se promulgó la Ley Núm. 438, mediante la cual la Dirección General de Turismo pasa a ser nuevamente dependencia de la Corporación de Fomento Industrial.
En el 1965, durante el Gobierno provisional, se promulgó la Ley Núm. 44, la cual dispuso que la Dirección General de Turismo, con todas sus dependencias, funcionará bajo la dependencia directa del Poder Ejecutivo; dispuso, además, que los hoteles estuvieran bajo la súper vigilancia de la División Hotelera de la Dirección General de Turismo.
Con la promulgación de la Ley Núm. 121, en el año 1966, se crean las Comisiones de Turismo para impulsar el desarrollo del turismo interno y para encauzar hacia el interior del país el turismo proveniente del exterior. Dichas comisiones estarían agrupadas así: la Comisión Nacional de Turismo, las Comisiones Provinciales y las Comisiones Municipales o Regionales.
En el año 1968, con el Decreto Núm. 2536, se declara de interés nacional el desarrollo de la Industria Turística en la República Dominicana.
En el año 1969 se promulga la Ley Núm. 541, Orgánica de Turismo, que creó la Dirección Nacional de Turismo dependiendo directamente del Poder Ejecutivo y le dio la calidad de ser el máximo organismo regulador del sector, eliminando así la anterior Dirección General de Turismo. Con la Ley Núm. 542, del mismo año, se creó la Corporación de Fomento de la Industria Hotelera y Desarrollo del Turismo para coordinar la promoción turística y el financiamiento, mejoramiento y conservación de las empresas hoteleras y turísticas en general.
En el año 1971 se promulgó la Ley Núm. 153, sobre Promoción e Incentivo del Desarrollo Turístico. Con esta Ley se estableció un proceso de desarrollo de la Industria Turística, definiendo las bases de identificación y metas de interés nacional.
Con la Ley Núm. 211, de 1975, la Dirección Nacional de Turismo cambia su nombre por el de Dirección Nacional de Turismo e Información.
En el año 1979 la Ley Núm. 84 dispuso que la Dirección Nacional de Turismo e Información fuera elevada a Secretaría de Estado, con el objetivo de tener un organismo rector del sector turismo del más alto nivel, dotado de todos los recursos necesarios para implementar coherente y armónicamente la estrategia oficial para el desarrollo y promoción del turismo, disponiendo también que la Corporación de Fomento de la Industria Hotelera y Desarrollo del Turismo pasara a ser un organismo adscrito a dicha Secretaría.
En el año 1980 se pone en vigencia el Reglamento Núm. 1889 de la Ley Núm. 153, sobre Promoción e Incentivos del Desarrollo Turístico, y la Guía para la Formulación de Proyectos.
Con el interés de clasificar y regular las empresas turísticas, en el año 1984, se dictaron una serie de reglamentos; así tenemos el Reglamento Núm. 2115, sobre Clasificación y Normas de Establecimientos Hoteleros; el Núm. 2116, sobre Clasificación y Normas de Restaurantes; el Núm. 2117, para el Negocio de Alquileres de Carros; el Núm. 2118, para el Transporte Terrestre Turístico de Pasajeros; los Núms. 2119 y 2120 que establecen las tarifas de transporte turístico en Santo Domingo y Puerto Plata respectivamente; el Reglamento Núm. 2121, sobre la tarifa de guías en Santo Domingo y los Núms. 2122 y 2123, que tratan sobre las Agencias de Viajes y tiendas de regalos respectivamente.
En el año 1992, mediante la Ley Núm. 11-92, de fecha 16 de mayo, Gaceta Oficial Núm. 9835, que establece el Código Tributario, quedó derogada la Ley Núm. 153, del 4 de junio de 1971, de Promoción e Incentivo al Desarrollo Turístico.
En el año 1996, mediante Decreto Núm. 212-96 del 21 de junio de 1996, se creó el Fondo Mixto para la Promoción conjunta de la imagen de la República Dominicana en el exterior; y con el Decreto Núm. 279-96, del 22 de julio de 1996, se aprobó el Reglamento bajo el cual funcionaría dicho fondo. Cabe destacar que el fondo sería manejado por una Comisión Mixta compuesta por el Secretario de Turismo en Representación del Estado Dominicano y el Presidente de la Asociación Nacional de Hoteles y Restaurantes, correspondiéndole a dicha Comisión fijar la política organizativa y operativa del fondo. En ese mismo año, mediante Decreto Núm. 475-96, del 28 de septiembre, se dispuso que el fondo fuera administrado únicamente por la Secretaría de Estado de Turismo, pasando la Asociación Nacional de Hoteles y Restaurantes a ser una entidad consultiva de la Secretaría en todo lo referente a dicho fondo.
Con el Decreto Núm. 1301-00, del 21 de diciembre del 2000, se creó la Dirección General de la Policía de Turismo (POLITUR), la cual laboraría en coordinación con la Secretaría de Turismo, las Fuerzas Armadas y la Jefatura de la Policía Nacional; siendo uno de sus objetivos primordiales velar porque se cumplan las Leyes y Reglamentos que regulan el Sector Turístico.
En el año 2001, se creó la Escuela Nacional de Turismo, adscrita a la Secretaría de Estado de Turismo por medio del Decreto Núm. 902-01, del 31 de agosto.
Con la promulgación de la Ley Núm. 158-01, del 9 de octubre del 2001, se estableció el Fomento al Desarrollo Turístico de los polos de escaso desarrollo y nuevos polos y localidades de gran potencialidad y se creó el Fondo Oficial de Promoción Turística. De igual forma se creó el Consejo de Fomento Turístico para aplicar la Ley, presidido por el Secretario de Turismo.
Asegurar el desarrollo sustentable del turismo de la República Dominicana a través de la implementación de políticas de regulación y promoción.
Institución que implementa políticas efectivas para asegurar una oferta turística diversificada, inclusiva y de calidad mundial, que aprovecha sus recursos de forma inteligente para posicionarse como el mejor destino turístico.
No existen datos para mostrar.