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Detalles del Organismo


Información general del organismo

Instituto Dominicano del Café

INDOCAFE

Ministerio de Agricultura

8095331984

http://www.indocafe.gob.do/

Otras informaciones

Historia

A partir del 20 de abril del año 1901, se estableció el Incentivo a la Exportación del Café, mediante el Decreto Núm. 4134, el cual liberó de impuestos su exportación. Años más tarde se aprobó el Reglamento Núm. 1390, del 2 de octubre de 1935, el cual establecía las reglamentaciones sobre la preparación del café.

Posteriormente, se creó la Comisión de Defensa del Café mediante el Decreto Núm. 770 del año 1940, mas la misma cambió su denominación por Comisión de Defensa del Café y del Cacao mediante el Decreto Núm. 1707, del año 1944, y fue suprimida en el año 1961, cuando el Congreso Nacional aprueba la Ley Núm. 5586, que crea la Dirección General del Café y del Cacao dependiente de la Ministerio de Agricultura, con la finalidad de fomentar y mejorar los cultivos de café y cacao.

Considerando que resultaba conveniente la participación del sector privado en la formulación de la política gubernamental relacionada con la producción y comercialización del café y que los productores y exportadores de café manifestaban al gobierno sus deseos de participar en la distribución de las cuotas y en brindar asesoría a la Secretaría de Estado de Agricultura en la producción y comercialización del café, se creó, mediante el Decreto Núm. 1621, del año 1976, una Comisión encargada de la distribución racional y equitativa de las cuotas de exportación asignadas al país, la misma presidida por el Ministerio de Agricultura.

Para el año 2000, resultaba imperativo la creación de un organismo que brindara los servicios especializados a la caficultura, tal y como se había hecho en la mayoría de los países productores de café. De esta forma se crea el Consejo Dominicano del Café (CODOCAFE) como un organismo autónomo del Estado, mixto y descentralizado con el objetivo de coordinar con el Ministerio de Agricultura y las demás instituciones del sector agropecuario para el desarrollo del cultivo del café en todo el territorio nacional.

El mismo fue creado mediante el Decreto Núm. 154-00, del año 2000, y suprime, a su vez, la Comisión de Asignación de Cuotas de Café creada en el año 1976. Aunque el Decreto Núm. 154-00 constituyó el primer instrumento que dispuso la creación del Consejo Dominicano del Café, es jurídicamente discutible si un decreto puede crear una institución autónoma, es por lo tanto que la Ley Núm. 79-00, del año 2000, ratifica su creación.

Misión

Propiciar el desarrollo de la caficultora mediante su tecnificación y el aumento de su valor agregado, con el fin de ampliar la rentabilidad del cultivo y mejorar las condiciones de vida del caficultor dominicano.

Visión

Ser una institución que a la luz de la globalización que propicie el desarrollo y la consolidación de una caficultura sostenible en base a criterios de producción demejor calidad, competitividad y reducción de costos, agregándole mayor valor al producto y con una orientación hacia mercados más exigentes y que ofrezcan mejores precios.

Valores

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Funciones

 a) Promover el desarrollo sostenible de la caficultura dominicana;
 b) Diseñar, planificar y ejecutar la política nacional concerniente a la actividad cafetera;
 c) Diligenciar la dotación de infraestructuras físicas y sociales indispensables para logra el desarrollo social y económico de los    habitantes de las zonas de producción de café;
d) Contribuir con el mejoramiento de las condiciones de vida de las familias productoras de café, impulsando la educación formal, la capacitación técnica y las inversiones de capitales en el campo, con el objeto de aumentar la productividad cafetera, mejorar la calidad del café dominicano y apoyar el progreso socioeconómico de las comunidades rurales cafeteras del país;
e) Apoyar los procesos de diversificación cafetera que se lleven a cabo en las zonas productoras del país;
f) Identificar fuentes de financiamiento y emprender acciones orientadas a la obtención de recursos financieros (préstamos, donaciones y asignaciones presupuestarias);
g) Propugnar porque las políticas macroeconómicas y sectoriales ejecutadas en beneficio de la sociedad incluyan las zonas cafeteras del país;
h) Desarrollar un eficaz programa de transferencia tecnológica en materia de café;
i) Proponer a las instituciones de investigación del sector agropecuario, la temática y prioridades de investigación en materia de café;
j) Promover el desarrollo de proyectos de producción de cafés especiales, que tengan como estrategia la valorización del café;
k) Gestionar la construcción, reconstrucción y mantenimiento de obras viales en las zonas productoras de café;
l) Establecer convenios con las instituciones públicas vinculadas al sector agropecuario, los organismos encargados de la protección del medio ambiente y los recursos naturales, así como con organismos financieros y/o recaudadores del Estado, sobre asuntos que tiendan al desarrollo global de la agroindustria cafetera;
m) Aunar esfuerzos tendentes a crear conciencia entre las familias cafeteras y los centros de beneficiado, acerca de la necesidad de protección del medio ambiente y la explotación racional de los recursos naturales, promoviendo la adopción de medidas que favorezcan la protección de los suelos, de las aguas, del aire y diversidad de las especies;
n) Contratar empréstitos con entidades nacionales e internacionales, tomando en cuenta las normas reglamentarias del CODOCAFE, así como los acuerdos establecidos con otras entidades del Gobierno e incluso, si fuere el caso, obtener el aval del Estado o constituir las garantías pertinentes;
o) Realizar inversiones temporales o permanentes para obtener los beneficios y rendimientos que garanticen la solidez del patrimonio del Consejo y que le permitan atender oportuna y adecuadamente los programas de desarrollo de la caficultura;
p) Incentivar la creación y apoyar el fortalecimiento institucional de las asociaciones de productores, canalizando parte de las inversiones de capital para el desarrollo de proyectos que contribuyan con el desarrollo económico y social de sus miembros;
q) Administrar los recursos del Fondo del Consejo Dominicano del Café para la realización de sus operaciones, así como preparar los estados financieros anuales;
r) Diseñar y ejecutar programas de capacitación y desarrollo gerencial del personal técnico y administrativo del CODOCAFE;
s) Establecer y mantener un sistema de información y estadísticas nacionales e internacionales en materia de café, para suplir las necesidades de diferentes usuarios;
t) Cumplir y hacer cumplir todas aquellas disposiciones, leyes, decretos, reglamentos y resoluciones relativas a las actividades cafetaleras;
u) Las demás funciones que le señalen las leyes, decretos, reglamentos, resoluciones o acuerdos relativos al CODOCAFE.
v) Representar los intereses de la República Dominicana y de la agroindustria cafetera nacional en los organismos y foros internacionales correspondientes;
w) Mantener relaciones de cooperación con organismos similares o afines y pertenecientes a otros países productores y consumidores de café;
x) Promover, gestionar y desarrollar la cooperación financiera y técnica y el intercambio internacional en materia de café, en el marco de la globalización de los mercados;
y) Ejecutar y velar por el buen cumplimiento de los acuerdos de cooperación internacional en materia de café suscritos por el país;
z) Dar permanente seguimiento a las actividades de la industria cafetalera mundial y sus agentes, los países productores y consumidores, sobre todo en aquellos asuntos de interés nacional relacionados con el comportamiento del mercado mundial del café; y
aa) Promover a nivel nacional e internacional la imagen y el consumo del café dominicano.

 

Base legal

- Ley Núm. 79-00, del 25 de septiembre del año 2000, que ratifica la creación del Consejo Dominicano del Café (CODOCAFE).
- Decreto Núm. 124-00, del 23 de enero del año 2000, que ratifica el convenio suscrito entre la Secretaría de Estado de Agricultura y la Asociación para el Desarrollo Inc., sobre el establecimiento del Parque Ecológico del Café “La Cumbre”.
- Decreto Núm. 256-01, del 21 de febrero del año 2001, que designa los miembros del sector privado en la Junta Directiva del CODOCAFE.
- Decreto Núm. 1045-01, del 18 de octubre del año 2001, que crea el Fondo de Compensación para la Preservación de la Caficultora, Cosecha 2001-2002.
- Decreto Núm. 819-02, del 14 de octubre del año 2002, Reglamento sobre la Recolección, el Beneficiado, la Clasificación, la Exportación y la Industrialización del Café.
- Decreto Núm. 847-02, del 17 de octubre del año 2002, que declara de alta prioridad nacional el desarrollo y preservación de la caficultora y crea el Fondo de Compensación para la Preservación de la Caficultora, Cosecha 2001-2002.
- Convenio Internacional del Café del 2007.
 

Servicios a la ciudadanía

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